
Cuando se trata de establecer un negocio en Panamá, es crucial comprender las diferencias entre una Sociedad Anónima y una Sociedad de Emprendimiento. Estas estructuras empresariales presentan distinciones fundamentales que pueden tener un impacto significativo en tu negocio. En este blog, exploraremos de manera directa y precisa las diferencias clave entre una Sociedad Anónima y una Sociedad de Emprendimiento en Panamá.
Estructura y responsabilidad:
Sociedad Anónima:
- Es una entidad legalmente constituida con un capital dividido en acciones. Los accionistas tienen responsabilidad limitada, lo que significa que no son personalmente responsables de las deudas y obligaciones de la empresa.
- Al menos un (1) accionista de cualquier nacionalidad y con residencia en cualquier parte del mundo, siempre que sea mayor de edad.
- Exige la existencia de al menos tres (3) directores, mayores de edad, de cualquier nacionalidad y con residencia en cualquier parte del mundo.
- Requiere de dos (2) suscriptores para la suscripción del Pacto Social.
Sociedad de Emprendimiento:
- Es una estructura diseñada para promover el emprendimiento en Panamá, especialmente en proyectos de innovación y desarrollo de alto impacto.
- Asociación de mínimo dos (2) personas hasta un máximo de cinco (5) personas naturales de cualquier nacionalidad, mayores de edad, con domicilio en Panamá.
- La persona natural que forme parte de una sociedad de emprendimiento no puede permanecer a ninguna otra empresa de emprendimiento. Originando una limitante.
Capital mínimo requerido:
Sociedad Anónima: Para constituir una Sociedad Anónima en Panamá, se necesita un capital mínimo de $10,000, de los cuales al menos el 25% ($2,500) debe estar suscrito y pagado en el momento de la incorporación.
Sociedad de Emprendimiento: El mínimo del capital social es de quinientos dólares americanos ($500.00).
Beneficios fiscales y regulaciones:
Sociedad Anónima:
- Las Sociedades Anónimas en Panamá disfrutan de beneficios fiscales, como la exención de impuestos sobre las ganancias generadas fuera del país. Además, Panamá ofrece un sistema legal y financiero estable que facilita las operaciones comerciales.
- Pago de tasa única anual de trescientos dólares ($300.00).
- Utilización de impresora fiscal.
- Pago de impuesto de sobre la renta anual.
Sociedad de Emprendimiento:
- Las Sociedades de Emprendimiento también pueden beneficiarse de ventajas fiscales y programas de apoyo gubernamental específicos para proyectos de innovación y desarrollo tecnológico.
- No paga impuestos sobre la renta durante los dos primeros años
Agente Residente
Sociedad Anónima:
Es obligatorio un Abogado o Firma de Abogado.
Sociedad de Emprendimiento:
No es obligatorio un Abogado o Firma de Abogado, es opcional. Puede ser ejercido por el Administrador presidente
Flexibilidad y gobernanza:
Sociedad Anónima: Las Sociedades Anónimas tienen una estructura de gobierno más tradicional, con accionistas, directores y una junta directiva. Las decisiones se toman a través de los accionistas o la junta directiva, dependiendo de la configuración elegida.
Sociedad de Emprendimiento: Las Sociedades de Emprendimiento ofrecen una mayor flexibilidad en términos de gobernanza y toma de decisiones. Pueden adaptarse a las necesidades específicas de los emprendedores y ofrecer una estructura más ágil y orientada hacia la innovación.
En conclusión, es vital comprender las diferencias clave entre una Sociedad Anónima y una Sociedad de Emprendimiento al establecer un negocio en Panamá. Si buscas una estructura empresarial más establecida y tradicional, una Sociedad Anónima puede ser la opción adecuada. Sin embargo, si buscas flexibilidad y una estructura orientada a la innovación, una Sociedad de Emprendimiento puede ser la elección ideal. Recuerda buscar asesoramiento legal para tomar una decisión informada que se ajuste a las necesidades y objetivos de tu negocio.